Mucho se está hablando en estas últimas semanas de la gestación subrogada, debido a la reciente maternidad de una famosa actriz española a través de este proceso en el que, una madre gestante lleva en el vientre a un bebé en nombre de otra persona o pareja, que por diversas razones no pueden concebir un hijo.
Su regulación varía en cada país, por ejemplo en Estados Unidos, Canadá y Ucrania entre otros, es legal. En nuestro país, la maternidad subrogada no es legal, existe una regulación específica en la que se determinan los distintos tratamientos de reproducción humana asistida. La Ley 14/2006 de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida en la que especifica que el contrato de gestación por sustitución, ya sea con un pago de por medio o no, será nulo (artículo 10).
Además de ser ilegal, en la última reforma de la ley del aborto en España el pasado febrero, se califica este tipo de gestación como una forma de violencia hacia la mujer en incluso en su artículo 32 y 33 dice que está prohibido no solo el utilizar vientres de alquiler, sino también el publicitar cualquier forma de gestación subrogada.
No obstante, existen “vacíos legales” ya que si bien es ilegal, lo cierto es que en el Código Penal no existe un delito como tal.
Por otro lado, nos encontramos con que no existe ningún tipo de impedimento para registrar en España a niños nacidos en el extranjero, pero si suele haber dificultades en el proceso de reconocimiento de la filiación y nacionalidad del niño nacido en el extranjero por este medio.
Actualmente, si en España se tiene un hijo por gestación subrogada, aunque existiera un contrato entre las partes, éste sería nulo por lo que la filiación correspondería a la persona gestante. Sin embargo, el panorama es distinto si el bebé nace fuera en el extranjero y vuelve a España, la forma de regularizar la situación administrativa de ese bebé es a través de la adopción y no de la filiación (en la que sería hijo biológico) y así es como se ha determinado en una sentencia del Tribunal Supremo en 2022. Si bien existe cierto debate en relación a la persona que aporta material genético con la posibilidad de que si pudiese optar por la filiación y así reconocerse como hijo biológico.
Esperamos que la lectura de nuestro artículo les haya resultado amena y, como siempre les recomendamos, ante cualquier asunto o consulta legal no duden en ponerse en contacto con expertos en la materia.
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