Este verano ha sido el primero tras la pandemia en que muchas familias han podido disfrutar de unas vacaciones sin restricciones. En muchos casos este periodo ha servido para recargar las pilas y descansar. Sin embargo, en otros se han planteado incidencias con retrasos o pérdida de equipaje en vuelos y trenes, sorpresas desagradables en hoteles o apartamentos y, en general, situaciones en las que no hemos recibido el servicio contratado y que han convertido las vacaciones en una auténtica pesadilla. Tras la entrada en vigor de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, que protege a los consumidores de servicios turísticos, llega el momento de presentar la correspondiente reclamación.
¿Tuvo problemas con su vuelo?
Las cancelaciones, retrasos y pérdida de maletas son los problemas más frecuentes que encontramos en los aeropuertos. En estos casos, la normativa actual permite que los pasajeros aéreos puedan solicitar una indemnización si se produjo una cancelación en su vuelo, pudiendo asimismo optar entre el reembolso del billete o un transporte alternativo al contratado.
Cuando lo que ha sucedido ha sido la pérdida o extravío de nuestro equipaje, la compañía habrá de abonarnos una indemnización que, en algunos casos, podría llegar a 1.500 euros.
La pérdida de nuestras maletas no se considera tal hasta que no hayan transcurrido 21 días desde que hubieran desaparecido. La reclamación por pérdida de equipaje debe realizarse en el menor tiempo posible, en ningún caso superior a siete días.
¿Pasó algo en su hotel o apartamento?
Aunque las incidencias que suelen darse fundamentalmente cuando llegamos a nuestro destino suelen ser que lo que encontramos en el hotel o apartamento no se ajuste a los servicios que habíamos contratado, también pueden presentarse otras, tales como la sustracción o desaparición de efectos personales, cargos indebidos en la tarjeta bancaria, accidentes en la habitación o instalaciones, etc.
Si el hotel o apartamento no se ajustara a lo contratado, lo primero que deberíamos haber hecho fue reclamar en el momento, solicitando una reubicación en el mismo establecimiento o en otro de características similares. Para el caso en que no se hubiese atendido esta petición, a nuestro regreso, debemos plantear una reclamación solicitando la devolución parcial e incluso total de lo abonado, pudiendo además recibir una indemnización por daños y perjuicios si éstos han podido ser acreditados.
Cuando el problema ha sido la sustracción de alguna pertenencia en las habitaciones o instalaciones, será importante que hayamos informado de la misma inmediatamente, pues en algunos casos el establecimiento hotelero podría no hacerse responsable, por ejemplo, si el huésped no siguió las medidas de seguridad recomendadas.
Cuando se produce un accidente en el hotel, como puede ser una caída o similar, y si ésta se produjo por algún problema en las instalaciones (suelo mojado, falta de vigilancia en la piscina, etc.) debemos reclamar inmediatamente. Los establecimientos hoteleros están obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil que cubre los daños personales sufridos por sus clientes.
Una vez hemos vuelto de vacaciones pueden darse problemas con los pagos que hemos realizado, cuando comprobamos que se han cargado en nuestra cuenta, a través de nuestra tarjeta bancaria, conceptos que no habían sido previamente contratados. En dichos casos, la reclamación deberá formularse tanto al hotel como a nuestro banco, por uso fraudulento de la tarjeta.
Deja una respuesta